Información Reglamentaria
Guía de Información Reglamentaria
Datos de registro
thanX by CaixaBank®, CaixaBank S.A., sucursal en Marruecos.
CaixaBank S.A., sucursal en Marruecos está autorizada por el Banco Central de Marruecos “Bank Al-Maghrib”, por Decisión del Gobernador de Bank Al-Maghrib n.º 16 del 20 Shawwal de 1429 (20 de octubre de 2008) y está sujeta a las disposiciones de la Ley 103-12 relativa a las entidades de crédito y organismos similares (la “Ley 103-12”).
La información relativa al alcance de nuestra regulación por parte de Bank Al-Maghrib y de resolución está disponible previa solicitud.
CaixaBank es un nombre comercial de CaixaBank, S.A.
CaixaBank S.A., sucursal en Marruecos.
Tipo de empresas que constituyen nuestra base de clientes
En Marruecos, solo ofrecemos nuestros servicios a empresas comerciales. No tenemos clientes particulares.
Reclamaciones sobre nuestro servicio
Nuestro objetivo es ofrecer a nuestros clientes el mejor servicio posible. Para nosotros, la opinión más importante es la de nuestros clientes. Sus comentarios nos permiten mejorar continuamente el nivel de nuestro servicio de atención al cliente.
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Cómo presentar una reclamación
Como cliente, si no está satisfecho con algún aspecto del servicio recibido y desea presentar una reclamación, puede ponerse en contacto con nuestro equipo por correo electrónico en la dirección feedback@thanx.co.ma o a través de cualquier otro canal electrónico notificado en la plataforma thanX by CaixaBank®, CaixaBank S.A., sucursal en Marruecos.
También puede enviar una reclamación al Departamento de Reclamaciones de Clientes de la sucursal cumplimentando el formulario de reclamación disponible en la página web de CaixaBank S.A., sucursal en Marruecos (www.caixabank.ma) y enviándolo a la siguiente dirección:
CaixaBank S.A., sucursal en Marruecos
[Departamento de Reclamaciones de Clientes]
179 Boulevard d'Anfa
Facilite toda la información posible sobre su reclamación, incluyendo la siguiente:
- Una descripción de su reclamación.
- Los datos de su cuenta.
- Sus datos de contacto.
- Sus sugerencias para resolver el problema.
- Adjunte copias de toda la documentación que tenga en su poder.
No aplicaremos ningún cargo a su reclamación.
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Próximos pasos:
Una vez que hayamos recibido su reclamación, le enviaremos inmediatamente un acuse de recibo y nos pronunciaremos sobre la admisibilidad de la reclamación en un plazo de 6 días hábiles a partir de la fecha de presentación de su reclamación.
Cualquier reclamación recibida fuera de un día hábil o un día hábil después del horario de apertura de nuestras oficinas se tramitará como si se hubiera recibido el siguiente día hábil.
Haremos todo lo posible por responder a su reclamación lo antes posible, con el objetivo de proporcionarle una respuesta en un plazo de 7 (siete) días hábiles a partir del envío de nuestro acuse de recibo. Sin embargo, esto no siempre es posible, especialmente si su reclamación es compleja y requiere más tiempo.
Si no podemos dar curso a su solicitud en un plazo de 7 (siete) días hábiles, se lo comunicaremos y le informaremos sobre el estado de nuestras gestiones.
En cualquier caso, le daremos una respuesta definitiva en un plazo de cuarenta (40) días hábiles a partir de la recepción de la reclamación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Circular del Wali de Bank Al-Maghrib n.° 10/W/16, de 10 de junio de 2016, relativa a las modalidades de tramitación de las reclamaciones de los clientes de las entidades de crédito. En caso de que se produzcan circunstancias especiales que impliquen el incumplimiento de este plazo, le mantendremos informado y le comunicaremos el nuevo plazo de tramitación de su reclamación.
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Cómo tramitaremos su reclamación.
Tramitaremos su reclamación de la forma más rápida y eficaz posible. Examinaremos todos los hechos relacionados con su caso basándonos en todas las pruebas de que dispongamos y tomaremos una decisión justa y equitativa. Nuestro objetivo es ser lo más competentes, diligentes e imparciales posible, y haremos todo lo posible para que quede completamente satisfecho. Es posible que le solicitemos más información sobre su reclamación, en cuyo caso nos pondremos en contacto con usted o con cualquier otra persona que pueda sernos útil a tal efecto. Si necesitamos comunicar sus datos personales a otra persona para examinar su reclamación, le pediremos primero su consentimiento.
Si procede, tendremos en cuenta las similitudes con otras reclamaciones que hayamos recibido y la normativa vigente para examinar su reclamación.
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¿Qué es una respuesta definitiva?
Una respuesta definitiva es nuestra respuesta por escrito en la que se indican los resultados de nuestras gestiones realizadas en relación con su reclamación y se le propone una rectificación o una medida correctiva cuando lo consideramos oportuno. Si rechazamos su reclamación, le indicaremos los motivos.
Blanqueo de capitales, sanciones internacionales e intercambio de información fiscal.
Estamos obligados a verificar la identidad de cada cliente de conformidad con la legislación aplicable en materia de lucha contra el blanqueo de capitales, sanciones internacionales e intercambio de información fiscal.
De conformidad con la Ley n.º 43-05 de 28 Rabi I de 1428 (17 de abril de 2007) relativa a la lucha contra el blanqueo de capitales y, en virtud de la Circular n.º 3/W/2019, de 4 de noviembre de 2019, por la que se modifica y completa la Circular n.º 5/W/2017, de 24 de julio de 2017, relativa a la obligación de diligencia debida que incumbe a las entidades de crédito, podremos ponernos en contacto con usted para obtener información adicional que nos permita llevar a cabo nuestro proceso de diligencia debida antes de celebrar un contrato con usted o, en su caso, posteriormente, durante la vigencia del acuerdo.
Es posible que no podamos realizar operaciones con usted o para usted ni tratar con usted de cualquier otra forma si consideramos que ello podría infringir la legislación nacional aplicable y/o las normas internacionales aplicables al grupo Caixabank, en particular en materia de lucha contra el blanqueo de capitales. .
Cuando sospechemos de blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, otras actividades delictivas o la aplicación de sanciones internacionales, podremos vernos obligados a comunicar información sobre usted y sus cuentas a las autoridades competentes, dentro de los límites permitidos por la legislación marroquí
De conformidad con las disposiciones de la Ley n.º 27-18 que establece las disposiciones transitorias relativas al intercambio automático de información con fines fiscales, thanX by CaixaBank®, CaixaBank S.A., sucursal en Marruecos, podrá verse obligada a comunicar directamente, de manera espontánea y periódica, a las autoridades competentes de los países con los que el Reino de Marruecos prevea celebrar convenios que permitan el intercambio automático de información con fines fiscales, toda la información relativa a los ingresos de personas físicas o jurídicas sujetas a imposición, conforme a la legislación vigente del país con el que se contemple la celebración de un convenio de intercambio automático de información con fines fiscales y cuya normativa exija dicho intercambio, en lo relativo a rendimientos del capital mobiliario, saldos de cuentas abiertas, valor de rescate de bonos y contratos de capitalización e inversiones de naturaleza similar, así como cualesquiera otros ingresos.
En este marco, podremos vernos obligados a transmitir información relativa a usted a las autoridades fiscales de los Estados Unidos en virtud de la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras de 2010 (US Foregin Account Tax Compliance Act) o en virtud de la norma común de declaración de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), o de cualquier otra legislación similar. Dicha información podrá compartirse entre las autoridades fiscales u otras autoridades a escala mundial.
Con respecto a las Sanciones, el Grupo CaixaBank cumple todas las leyes, reglamentos, resoluciones, embargos o medidas restrictivas en materia de sanciones comerciales o económicas (en adelante, las “Sanciones”) administradas, promulgadas o impuestas por: (i) el Reino de Marruecos; (ii) los Estados Unidos de América; (iii) las Naciones Unidas; (iv) la Unión Europea o cualquier Estado miembro presente o futuro de la misma; (v) el Reino Unido; o (vi) las respectivas instituciones y organismos gubernamentales de los anteriores, incluyendo, sin limitación alguna, la OFAC, el Ministerio marroquí de Economía y Finanzas y el Tesoro de Su Majestad (denominadas conjuntamente, las “Autoridades Competentes en Materia de Sanciones”).
Está prohibido que thanX by CaixaBank®, CaixaBank mantenga relaciones comerciales con cualquier persona que:
- (a) figure en cualquier Lista de Sanciones, esté poseída (directa o indirectamente) o controlada por una persona incluida en dichas listas, o actúe en nombre de una persona incluida en dichas listas;
(b) esté situada, constituida u organizada conforme a las leyes de un país o territorio que sea objeto de Sanciones a escala nacional o territorial (incluidos, sin carácter limitativo, Irán, Corea del Norte y Siria) o esté poseída (directa o indirectamente) o controlada por una persona situada, constituida u organizada conforme a las leyes de dichos países o territorios;
(c) sea objeto de Sanciones de cualquier otro modo (en lo sucesivo, “Personas Sancionadas”). - esté poseída o controlada por una persona sancionada;
- actúe directa o indirectamente por cuenta o en nombre de una Persona Sancionada;
- posea una participación en una Persona Sancionada o la controle;
- esté constituida, situada, tenga su sede operativa o sea residente en un país o territorio que esté sujeto a Sanciones, o cuyo gobierno esté sujeto a Sanciones;
- mantenga relaciones comerciales o actividades con personas físicas de países, territorios o jurisdicciones sujetos a Sanciones;
- utilice fondos derivados de un Contrato con CaixaBank para recibir o poner fondos a disposición, directa o indirectamente, de una Persona Sancionada, o destine dichos fondos a la financiación, directa o indirecta, de actividades o negocios con:
- cualquier Persona Sancionada,
- cualquier territorio o país que, en el momento de la utilización de los fondos o el producto, esté sujeto a sanciones, o cuyo gobierno esté sujeto a Sanciones, o
- en cualquier otra forma que suponga una infracción de las Sanciones.
No obstante, quedan prohibidas las operaciones en o relacionadas con jurisdicciones sancionadas como Corea del Norte, Irán o Siria. Las operaciones con Cuba no pueden realizarse en dólares estadounidenses ni tener vínculo alguno con los Estados Unidos, ni implicar mercancías estadounidenses, salvo que no estén prohibidas o estén autorizadas por una licencia general de la OFAC.
Queremos destacar que las operaciones en o relacionadas con jurisdicciones sujetas a restricciones mencionadas en el párrafo anterior se llevan a cabo conforme a los programas de sanciones aplicables. Todas las operaciones en dichos países se consideran de alto riesgo y están sujetas a revisión previa a su ejecución.
Información relativa a la documentación de incorporación (on-boarding)
Todas las comunicaciones entre nosotros se realizarán en francés, inglés o español.
Puede descargar una copia de la Guía de Información Reglamentaria y de las Tarifas de las principales operaciones bancarias en nuestro sitio web www.thanx.co.ma
Sistema de indemnización
Pertenecemos a CaixaBank, S.A., con sede en España. En caso de insolvencia financiera, los depositantes pueden, dependiendo de su situación, estar cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos español.
Esto significa que, si CaixaBank no puede hacer frente a sus obligaciones financieras, nuestros depositantes marroquíes que cumplan los requisitos tienen derecho a presentar una reclamación, por un importe máximo, ante el Fondo de Garantía de Depósitos.
El importe garantizado se aplica a cada depositante, lo que significa que un cliente con depósitos tanto en CaixaBank en Marruecos como en España será tratado como un único solicitante. Los titulares de cuentas conjuntas son tratados como un único solicitante, por lo que la indemnización se repartirá entre ellos en proporción a su participación en el depósito.
El importe máximo garantizado por depositante es de 100 000 € para los depósitos en euros y, para otras divisas, el equivalente a 100 000 € en la divisa correspondiente, sobre la base del tipo de cambio vigente el primer día entre (i) la fecha en que el tribunal competente dicte una resolución judicial declarando la insolvencia del banco o (i) la fecha en que el Banco de España emita una resolución declarando la necesidad de recurrir al Fondo de Garantía de Depósitos. Si la fecha correspondiente es un día festivo, el tipo de cambio aplicable será el del día hábil anterior.
Además, CaixaBank S.A., sucursal en Marruecos se ha adherido al Fondo Colectivo de Garantía de Depósitos instituido por el artículo 128 de la Ley 103-12, destinado a indemnizar a los depositantes en caso de indisponibilidad de sus depósitos o de cualquier otro fondo reembolsable.
Secciones sobre protección de datos y secreto bancario
7.1. Cómo tratamos sus datos personales
7.1.1. Con el fin de prestarle, en su condición de cliente profesional (el “Cliente” o “usted”), nuestros productos y servicios, podemos necesitar tratar datos personales relativos a determinadas personas físicas vinculadas a usted, incluidos sus administradores, directivos, firmantes autorizados, otros empleados, accionistas, beneficiarios efectivos y garantes o cedentes, etc. (“Personas interesadas”).
7.1.2. La presente Política de Privacidad describe la forma en que CaixaBank, S.A. (“CaixaBank”, “nosotros”, o “nuestro”), con NIF A-08663619 y domicilio social en la calle Pintor Sorolla, 2-4, Valencia (España), trata los datos personales. CaixaBank trata datos personales en calidad de responsable del tratamiento, a través de su sucursal, CaixaBank, S.A., sucursal en Marruecos, con domicilio social en 179, Boulevard Anfa (Casablanca), en el marco de la ejecución de un contrato en el que usted es parte, para tomar medidas a petición suya antes de celebrar un contrato con nosotros, para cumplir con obligaciones legales, para permitir que CaixaBank persiga su interés legítimo o para una finalidad para la que los interesados han dado su consentimiento, tal y como se describe a continuación.
Además, para determinados tipos de tratamientos que se describen a continuación, CaixaBank trata los datos personales conjuntamente con otras empresas y, por lo tanto, es corresponsable de dichos tratamientos. Para obtener más información sobre estos responsables conjuntos y los aspectos principales de los acuerdos conjuntos vigentes, consulte: https://www.caixabank.es/particular/general/tratamiento-de-datos-empresas-del-grupo_en.html.
7.2. Datos personales que tratamos
7.2.1. Obtenemos los siguientes datos personales de las Personas interesadas a través de usted, directamente de ellas o de otras fuentes, tal y como se describe a continuación:
- Datos facilitados directamente por usted o por las Personas interesadas directamente (o derivados de nuestra relación con usted), incluidos datos identificativos y de contacto (por ejemplo: nombre y apellidos, datos o documento de identidad, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, condición de persona con responsabilidad pública —PEP—, firma, direcciones postales profesional y particular, dirección de correo electrónico y número de teléfono) y datos económicos (por ejemplo: cargo, condición, sector, actividad financiera, fuente de fondos, capacidad jurídica y datos de contacto profesionales);
- Datos identificativos, datos de contacto y datos relativos a sanciones internacionales obtenidos de fuentes accesibles al público (registro mercantil, registro de transparencia, bases de datos de insolvencia, sistemas de información crediticia, bases de datos públicas, Internet) u otros terceros, como el Banco Central Europeo o Bank Al-Maghrib.
7.2.2. Cuando nos facilite datos personales relativos a una Persona interesada, usted será responsable de la transmisión legal de dichos datos y confirmará que ha obtenido, en su caso, el consentimiento de la Persona interesada para que podamos utilizar sus datos personales de conformidad con la Guía de Información Reglamentaria. Asimismo, se compromete a informar a todas las Personas interesadas del tratamiento de sus datos personales por nuestra parte, tal y como se describe a continuación.
7.3. Fines y fundamento jurídico del tratamiento
7.3.1. Tratamos los datos personales con el fin de celebrar, gestionar y ejecutar el suministro de productos o servicios financieros en el marco del acuerdo (o de tomar las medidas precontractuales adecuadas) con nuestros clientes, siendo la base legal la ejecución de dichos acuerdos o la adopción de las medidas necesarias para su celebración.
Este tratamiento incluye la verificación de la información y la toma de decisiones relativas a los créditos y productos o servicios financieros para nuestros clientes, la verificación de su identidad y la de las Personas interesadas, así como la gestión de la relación contractual (respuestas a solicitudes operativas, envío de comunicaciones operativas, etc.).
7.3.2. Tratamos los datos personales sobre la base legal del cumplimiento de obligaciones legales, en particular para:
- Cumplir la normativa contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (incluida la verificación de nuestros propios registros y sistemas para obtener cualquier información relativa a otras cuentas, incluidas las personales, que le pertenezcan a usted o a sus socios comerciales o a las Personas interesadas, así como a sus accionistas beneficiarios efectivos);
- Cumplir con las normativas específicas aplicables a las instituciones financieras y de crédito y otras normativas aplicables (como las normativas fiscales); así como cumplir con los requisitos de las autoridades u organismos reguladores de conformidad con la ley;
- Realizar controles reglamentarios u otras verificaciones para cumplir con nuestras obligaciones ante cualquier autoridad reguladora o fiscal (en particular, las obligaciones derivadas de las políticas internacionales sobre sanciones financieras y la lucha contra la financiación del terrorismo).
La mayor parte de estos tratamientos se realizan conjuntamente con otras empresas del Grupo CaixaBank. Para más información sobre la cogestión, consulte: https://www.caixabank.es/particular/general/tratamiento-de-datos-empresas-del-grupo_en.html
7.3.3. Cuando solicita una cuenta bancaria u otro producto o servicio financiero, podemos, basándonos en nuestro interés legítimo, tratar datos personales para los siguientes fines:
- Tomar las medidas necesarias para evitar y gestionar transacciones o comportamientos maliciosos, identificando intentos de fraude contra nosotros o nuestros clientes (incluida la verificación de listas de prevención de fraude y la comunicación con las agencias competentes), teniendo en cuenta nuestro interés legítimo en prevenir el fraude que pueda ocasionar pérdidas económicas o reputacionales a nosotros o a nuestros clientes. Este tratamiento también se realiza conjuntamente con otras empresas del Grupo CaixaBank. Para más información: https://www.caixabank.es/particular/general/tratamiento-de-datos-empresas-del-grupo_en.html.
- Solicitudes y comunicaciones con sistemas o agencias de información crediticia en el marco de la solicitud y posterior gestión de productos que impliquen financiación, teniendo en cuenta nuestro interés legítimo en evitar impagos por parte de solicitantes o titulares de productos que impliquen financiación;
- Adoptar las medidas previstas en los programas internacionales de sanciones financieras y de lucha contra la financiación del terrorismo a los que no estamos directamente sujetos (por ejemplo, los adoptados por la OFAC del Departamento del Tesoro de Estados Unidos), teniendo en cuenta nuestro interés legítimo (y el de nuestros corresponsables, tal y como se establece en el enlace anterior) en poder ejercer nuestras actividades en países en los que se requieren estas medidas;
- Localizar a nuestros clientes para ponernos en contacto con ellos en caso de incumplimiento de sus obligaciones contractuales (incluido el cobro de deudas), teniendo en cuenta nuestro interés legítimo en defender nuestros intereses y cobrar las deudas en caso de impago;
- Realizar análisis estadísticos y pruebas (aplicando, si es posible, técnicas de anonimización o seudonimización) para elaborar informes sobre nuestra actividad y nuestra relación con el mercado, sobre la composición y la evolución de nuestra clientela, y sobre la adecuación y eficacia de nuestros productos y servicios, basándonos en nuestro interés legítimo por diseñar, organizar y optimizar nuestra actividad comercial de la forma más eficaz posible.
Cuando tratemos datos personales sobre la base de nuestro interés legítimo, realizaremos una prueba de ponderación (disponible previa solicitud) con el fin de verificar que dicho interés legítimo no prevalece sobre los derechos o intereses de las Personas interesadas.
También podremos tratar los datos personales de las Personas interesadas con el fin de informarle, como cliente, por cualquier medio electrónico, sobre productos y servicios similares a los contratados anteriormente que puedan ser de su interés (salvo que se haya opuesto a dichas comunicaciones) o sobre otros productos, siempre que haya dado su consentimiento cuando sea necesario.
7.4. Destinatarios de los datos personales
7.4.1 Comunicamos o ponemos a disposición los datos personales a los siguientes destinatarios:
- Responsables o corresponsables del tratamiento de los datos en cuestión, es decir, cuando el tratamiento se realice bajo responsabilidad compartida, será llevado a cabo por las empresas del Grupo CaixaBank, de conformidad con lo descrito anteriormente para cada tratamiento;
- Terceros prestadores de servicios (servicios financieros de back-office, servicios administrativos, servicios informáticos, etc.) o cualquier persona a la que subcontratemos (o podamos subcontratar) nuestros derechos y/u obligaciones en virtud de cualquier acuerdo, que actuarán como subcontratistas y no tratarán los datos personales para sus propios fines;
- Autoridades, organismos reguladores, instituciones públicas u otros terceros cuando estemos legalmente obligados a ello (por ejemplo, en el marco de la lucha contra la financiación del terrorismo y la delincuencia organizada, para la prevención del blanqueo de capitales y en el marco de la supervisión prudencial de las entidades de crédito);
- Sistemas o agencias de información crediticia, como se ha indicado anteriormente, y siempre de conformidad con las condiciones y obligaciones previstas en la normativa aplicable.
7.5. Transferencias internacionales de datos
El tratamiento de los datos personales suele correr a cargo de proveedores ubicados en el Espacio Económico Europeo (EEE) o en países que garantizan un nivel de protección adecuado. En los demás casos, garantizamos la seguridad y la legitimidad del tratamiento exigiendo la implantación de garantías adecuadas (por ejemplo, normas corporativas vinculantes o cláusulas tipo de protección de datos adoptadas por la Comisión Europea). Para obtener más información sobre estas transferencias internacionales y las garantías adoptadas (incluida la posibilidad de obtener una copia), póngase en contacto con el Delegado de protección de datos de CaixaBank en: https://www.caixabank.es/particular/general/dpo_en.html.
7.6. Conservación de los datos personales
Conservamos los datos personales de acuerdo con la legislación aplicable en materia de protección de datos. Los datos se tratan mientras la relación contractual o comercial permanece vigente. Una vez expirada la relación, los datos se conservan únicamente para cumplir con las obligaciones legales y para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones, durante los plazos de conservación aplicables.
7.7. Derechos en materia de protección de datos
Cualquier Persona interesada puede acceder, rectificar o suprimir sus datos personales, así como limitar u oponerse al tratamiento o solicitar su portabilidad. También tiene derecho a dar instrucciones sobre sus datos en caso de fallecimiento (si procede) y a retirar su consentimiento en cualquier momento (cuando este constituya la base legal del tratamiento).
Para ejercer estos derechos, la notificación debe enviarse por escrito a la sede de la sucursal de CaixaBank en Marruecos, CaixaBank, S.A., sucursal en Marruecos, 179 Boulevard Anfa, Casablanca (Marruecos), o a cualquier otra sucursal de CaixaBank, S.A., o a la sede social española de CaixaBank, S.A., Calle Pintor Sorolla 2-4, 46002 Valencia (España), o a través de www.caixabank.com/ejerciciodederechos.
Asimismo, cualquier Persona interesada tiene derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control (en Marruecos, la Comisión Nacional de Control de Protección de Datos, o la autoridad de control principal del Grupo CaixaBank, la Agencia Española de Protección de Datos, www.aepd.es).
7.8. Delegado de protección de datos
Por último, cualquier Persona interesada puede ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos de CaixaBank para cualquier pregunta o duda en: https://www.caixabank.es/particular/general/dpo_en.html.
Secreto profesional
8.1. De conformidad con el artículo 180 de la Ley 103-12, CaixaBank se compromete a mantener la confidencialidad de toda la información del cliente amparada por el secreto profesional a la que tenga acceso en el marco de la relación bancaria, y a utilizar dicha información únicamente con el fin de ejercer sus derechos y cumplir con sus obligaciones en virtud de los contratos en los que el cliente sea parte.
8.2. No obstante, CaixaBank no podrá oponer el secreto profesional a Bank Al-Maghrib, a la autoridad judicial que actúe en el marco de un procedimiento penal y a cualquier otra autoridad perteneciente a Estados que hayan celebrado con el Reino de Marruecos un convenio bilateral que prevea el intercambio de información en materia fiscal.
8.3. De conformidad con el artículo 180 de la Ley 103-12, thanX by CaixaBank®, CaixaBank, S.A., sucursal en Marruecos también podrá divulgar información amparada por el secreto profesional:
(a) a las agencias de calificación crediticia, a efectos de la evaluación o calificación que emitan, así como a las personas con las que dichas agencias negocien, celebren o ejecuten las operaciones que se indican a continuación, siempre que dicha información sea necesaria para tales fines :
- operaciones de crédito y operaciones con instrumentos financieros o de seguros;
- adquisición de participaciones o de control en una entidad de crédito;
- cesiones, transferencias o pignoraciones de activos, fondos de comercio, créditos o contratos;
- contratos de prestación de servicios celebrados con un tercero para encomendarle funciones operativas relacionadas con el ejercicio de su actividad;
- estudio, preparación, celebración, ejecución y cesión de todo tipo de contratos u operaciones, siempre que las agencias y personas anteriormente mencionadas mantengan con la entidad de crédito un vínculo de capital directo o indirecto que confiera a alguna de ellas un poder de control efectivo sobre la entidad de crédito, o a esta sobre dichas agencias y personas; y
- siempre que las personas a las que se refiere dicha información lo hayan autorizado.
8.4. Los destinatarios de información amparada por el secreto bancario, que les haya sido comunicada para los fines de alguna de las operaciones mencionadas anteriormente, están obligados a mantener la confidencialidad de esta información, independientemente del resultado de dicha operación.